Restricciones en el mercado de destino


Exportar a un mercado muchas veces significa enfrentarse con barreras de acceso (arancelarias y no arancelarias) impuestas por los países. Debe señalarse que la tendencia mundial va en el sentido de ir reduciendo las barreras de acceso a través de las negociaciones comerciales tanto en el marco de la Organización Mundial de Comercio (OMC), donde se ha establecido el marco general y los principios que deben regir la política comercial de sus 150 Países Miembros, como a través de los acuerdos comerciales preferenciales que se suscriben entre dos o más países.

Como parte del estudio de mercado, el exportador debe estar muy consiente de lo siguiente:
  • La existencia de aranceles de importación para el producto en el (los) posible(s) mercado(s) de destino.
  • Los requisitos no arancelarios impuestos por el mercado de destino para ese producto, tales como exigencias técnicas, fitosanitarias, licencias previas, cuotas de importación, etcétera.


Paralelamente, el exportador también debe investigar si existe algún tipo de beneficio o tratamiento especial para el producto que desea exportar canalizado a través de acuerdos comerciales entre dos o más países, con el fin de fomentar el comercio y disminuir las barreras al ingreso a los mercados entre los países que firman el acuerdo, o mediante regimenes preferenciales que otorgan algunos países como Estados Unidos (ATPDEA), la Unión Europea (SGP-UE) o Japón (SGP), entre otros.

El Perú cuenta con preferencias a través de varios acuerdos comerciales como el suscrito con los países del MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), con Estados Unidos, Unión Europea, Chile, con México, con Cuba, así como con los países de la Comunidad Andina (CAN), entre otros.

Texto extraído de la Guía de Comercio Exterior: Manual Docente para la Educación Secundaria. (Enero de 2013). Obtenido de www.mincetur.gob.pe

1 comentario: